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titulo: "Justicia absuelve en un segundo juicio a Víctor Ortiz Baeza, condenado a 5 años y un día por robar dos paquetes de galletas Carioca en Bulnes"
fecha: 2026-09-10T18:00:00Z
tipo: fallo_judicial
tema: justicia, derechos_humanos
etiquetas: victor_ortiz_baeza, bulnes, nuble, robo_con_intimidacion, galletas_carioca, fruna, prision_preventiva, recurso_de_nulidad, defensoria_penal, tribunal_oral_penal_chillan
impacto:
  colectivos: [detenidos, victimas_delito]
  sectores: [justicia, seguridad_publica]
relaciones:
  rectifica: 20260302-1
creado: 2026-09-24
actualizado: 2026-09-25
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[[people/victor_ortiz_baeza]], comerciante de 51 años, recuperó su libertad tras ser absuelto por unanimidad en un segundo juicio por el robo con intimidación de dos paquetes de galletas Carioca en un almacén de Bulnes, región de Ñuble, luego de permanecer cerca de dos años privado de libertad [[sources/biobiochile-2026-09-10-absuelto-galletas-segundo-juicio]] [[sources/cnnchile-2026-09-09-preso-galletas-carioca-absuelto-bulnes]] [[sources/24horas-2026-09-09-hombre-preso-galletas-absuelto-bulnes]]. El fallo del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán, difundido entre el 8 y el 10 de septiembre de 2026, cerró un proceso que se había extendido desde noviembre de 2024 [[sources/canal9-2026-09-10-absuelto-galletas-segundo-juicio]] [[sources/elinformador-2026-09-10-hombre-dos-anos-carcel-galletas]].

## El hecho y la primera condena

El robo ocurrió la tarde del 9 de noviembre de 2024 en el almacén de abarrotes "La Palmera", del sector Tres Esquinas, en Bulnes. Según la acusación del [[organizations/ministerio_publico]], el imputado ingresó al recinto con un rifle de aire comprimido, calibre 5.5 y envuelto en un paño, lo dejó sobre el mesón y pidió dos paquetes de galletas Carioca de la marca Fruna, avaluados en 300 pesos cada uno, unos 600 pesos en total; cuando su acompañante advirtió la presencia de cámaras de seguridad e hizo un gesto para desistir, el imputado tomó el arma, apuntó a la encargada y le quitó las galletas que tenía en sus manos [[sources/enestrado-2026-09-08-absuelve-acusado-galletas-chillan]] [[sources/cnnchile-2026-03-04-tribunal-chillan-condena-galletas-carioca]] [[sources/biobiochile-2026-03-05-condena-galletas-bulnes-rifle]] [[sources/cnnchile-2026-09-09-preso-galletas-carioca-absuelto-bulnes]].

En el primero de los dos juicios, el 2 de marzo de 2026, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán condenó a [[people/victor_ortiz_baeza]], en fallo unánime, a 5 años y un día de presidio efectivo ([[events/20260302-1]]) como autor del delito consumado de robo con intimidación, más la inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras durara la condena [[sources/biobiochile-2026-03-05-condena-galletas-bulnes-rifle]] [[sources/cnnchile-2026-03-04-tribunal-chillan-condena-galletas-carioca]]. Un segundo implicado, [[people/anwar_asfura]], recibió 3 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo [[sources/meganoticias-2026-03-04-condena-cinco-anos-galletas-carioca]].

## El recurso de nulidad y el segundo juicio

La defensa presentó un recurso de nulidad que la [[organizations/corte_apelaciones_chillan]] acogió en fallo unánime, dejando sin efecto la condena [[sources/biobiochile-2026-09-10-absuelto-galletas-segundo-juicio]] [[sources/cnnchile-2026-09-09-preso-galletas-carioca-absuelto-bulnes]] [[sources/enestrado-2026-09-08-absuelve-acusado-galletas-chillan]]. El segundo juicio oral se realizó el 19 de agosto de 2026 y la sentencia absolutoria se dictó el 28 de agosto por los jueces Raúl Romero Sáez, Roxana Salgado Salamé y Claudia Montero Céspedes [[sources/biobiochile-2026-09-10-absuelto-galletas-segundo-juicio]] [[sources/cnnchile-2026-09-09-preso-galletas-carioca-absuelto-bulnes]] [[sources/enestrado-2026-09-08-absuelve-acusado-galletas-chillan]]. En esa instancia el [[organizations/ministerio_publico]] volvió a solicitar 10 años de presidio contra el imputado, pretensión que el tribunal dejó sin efecto [[sources/24horas-2026-09-09-hombre-preso-galletas-absuelto-bulnes]] [[sources/biobiochile-2026-09-10-absuelto-galletas-segundo-juicio]] [[sources/tvn-2026-09-09-absuelven-hombre-galletas-bulnes]] [[sources/sancarlosonline-2026-09-09-absuelven-caso-galletas]].

La defensa, ejercida por la [[organizations/defensoria_penal_publica]] —por la defensora [[people/pia_espinoza]] y el abogado [[people/cristian_rozas]]— basó su teoría del caso en la falta de corroboración de la acusación, que se sostenía sobre una prueba única sin elementos materiales, periciales ni testigos ajenos a la dependiente, y calificó la acusación de injusta [[sources/biobiochile-2026-09-10-absuelto-galletas-segundo-juicio]] [[sources/canal9-2026-09-10-absuelto-galletas-segundo-juicio]] [[sources/enestrado-2026-09-08-absuelve-acusado-galletas-chillan]] [[sources/sancarlosonline-2026-09-09-absuelven-caso-galletas]].

## Qué dijo la defensa

> Lo supuestamente robado eran dos galletas 'Carioca', marca Fruna, avaluadas en 600 pesos. En el primer juicio oral fue condenado a la pena de 5 años y un día de presidio efectivo. Sin embargo, la defensa recurrió en unidad ante la ilustrísima Corte de Apelaciones de Chillán, quien en un fallo unánime acoge este recurso. El día 19 de agosto se celebra el segundo juicio oral, quien determina absolver a mi representado de los cargos que injustamente le formuló el Ministerio Público - [[people/pia_espinoza]] [[sources/biobiochile-2026-09-10-absuelto-galletas-segundo-juicio]] [[sources/canal9-2026-09-10-absuelto-galletas-segundo-juicio]]

## La prueba que el tribunal descartó

En el segundo juicio el tribunal acogió la versión de [[people/victor_ortiz_baeza]], quien reconoció haber entrado al establecimiento con el rifle envuelto en un paño y haberse retirado con las galletas sin pagarlas, pero negó haber utilizado el arma para intimidar a la víctima [[sources/cnnchile-2026-09-09-preso-galletas-carioca-absuelto-bulnes]] [[sources/24horas-2026-09-09-hombre-preso-galletas-absuelto-bulnes]] [[sources/cooperativa-2026-09-10-absuelven-comerciante-galletas]]. Los jueces advirtieron contradicciones entre el testimonio que la víctima entregó en juicio y el relato inicial que, según un teniente de Carabineros, había dado inmediatamente después de los hechos, y consideraron la ausencia de los registros de las cámaras de seguridad del local, que estaban operativas y cuya incautación y análisis se había instruido a la PDI pero que la Fiscalía no presentó [[sources/cnnchile-2026-09-09-preso-galletas-carioca-absuelto-bulnes]] [[sources/24horas-2026-09-09-hombre-preso-galletas-absuelto-bulnes]]. Los únicos registros audiovisuales exhibidos fueron tres videos grabados con el celular de la afectada cuando los involucrados ya estaban en la vía pública [[sources/cnnchile-2026-09-09-preso-galletas-carioca-absuelto-bulnes]].

La tesis fiscal la sostuvo en los alegatos de estrado el fiscal penal [[people/alvaro_hermosilla]]: los dos habrían simulado una conversación sobre el paradero de una tía y, ante el gesto de advertencia del acompañante por la cámara de seguridad, [[people/victor_ortiz_baeza]] habría des-fundido el rifle apuntando al pecho de la dependiente, quien declaró en el juicio haber oído la frase "te cagamos" [[sources/enestrado-2026-09-08-absuelve-acusado-galletas-chillan]].

La contraprueba la aportó el jefe de la patrulla que llegó al lugar, el teniente de [[organizations/carabineros]] [[people/mario_parra_godoy]]: declaró bajo juramento que, al entrevistarla en estado de shock, la dependiente le dijo que solo [[people/victor_ortiz_baeza]] había ingresado al local, que el acompañante se mantuvo sobre la motocicleta en posición de salida y que nunca especificó el lugar del cuerpo al que se le apuntó ni mencionó la frase "te cagamos", porque no había entendido lo que el imputado le murmuró. La Sala constató además que la víctima omitió en sus cuatro declaraciones previas ante Carabineros y la PDI los detalles que recordó en el juicio oral [[sources/enestrado-2026-09-08-absuelve-acusado-galletas-chillan]] [[sources/tvn-2026-09-09-absuelven-hombre-galletas-bulnes]].

## Los fundamentos de la sentencia

El texto de la sentencia explica en su considerando octavo por qué la Sala absolvió: la prueba de cargo careció del mérito suficiente para formar convicción más allá de toda duda razonable. Los tres testigos fueron la dependiente, el teniente [[people/mario_parra_godoy]] y el sargento segundo Alex Fuentes Valenzuela, y los únicos otros medios de prueba fueron tres videos y seis fotografías [[sources/enestrado-2026-08-28-sentencia-absolucion-ortiz-baeza]].

El auto de apertura sitúa los hechos a las 18:30 del 9 de noviembre de 2024 en el local "La Palmera", del sector Las Viñas, adosado a la vivienda de la dependiente. El expediente registra además que la dependiente declaró al menos en cinco oportunidades, que el conductor de la motocicleta nunca bajó de ella según el relato inicial, que la PDI recibió la instrucción de incautar las cámaras de seguridad pero ningún funcionario policial depuso en el juicio y que la sobrina de la dependiente, que estaba en la casa, nunca fue entrevistada. La Sala añadió que, si la intención era la apropiación de especies, los sujetos tuvieron tiempo y oportunidad de regresar al local y llevarse otras cuando la dependiente se retiró a su casa habitacional.

## Cifras y datos en disputa

Los medios no coinciden en dos datos del caso: el tiempo que [[people/victor_ortiz_baeza]] permaneció privado de libertad y el avalúo de las galletas. La hora del hecho, en cambio, está fijada por el expediente en las 18:30 horas del 9 de noviembre de 2024.

| Dato | Valor | Fuente | Contexto |
| --- | --- | --- | --- |
| Tiempo privado de libertad | 22 meses | [[sources/biobiochile-2026-09-10-absuelto-galletas-segundo-juicio]], [[sources/canal9-2026-09-10-absuelto-galletas-segundo-juicio]], [[sources/elinformador-2026-09-10-hombre-dos-anos-carcel-galletas]] | Prisión preventiva cumplida |
| Tiempo privado de libertad | Año y medio (18 meses) | [[sources/cnnchile-2026-09-09-preso-galletas-carioca-absuelto-bulnes]], [[sources/24horas-2026-09-09-hombre-preso-galletas-absuelto-bulnes]], [[sources/tvn-2026-09-09-absuelven-hombre-galletas-bulnes]], [[sources/enestrado-2026-09-08-absuelve-acusado-galletas-chillan]] | Prisión preventiva cumplida |
| Avalúo de las galletas | 600 pesos (300 cada paquete) | [[sources/cnnchile-2026-03-04-tribunal-chillan-condena-galletas-carioca]], [[sources/biobiochile-2026-09-10-absuelto-galletas-segundo-juicio]], [[sources/sancarlosonline-2026-09-09-absuelven-caso-galletas]] | Valor recogido por la prensa |
| Avalúo de las galletas | 1.000 pesos (500 cada paquete) | [[sources/enestrado-2026-08-28-sentencia-absolucion-ortiz-baeza]] | Precio que el imputado declaró en juicio y que la defensa invocó en sus alegatos de clausura |

Tras la resolución, la justicia dispuso remitir los antecedentes al Juzgado de Letras y Garantía de Bulnes para las diligencias administrativas correspondientes [[sources/24horas-2026-09-09-hombre-preso-galletas-absuelto-bulnes]] [[sources/tvn-2026-09-09-absuelven-hombre-galletas-bulnes]] [[sources/enestrado-2026-09-08-absuelve-acusado-galletas-chillan]].

## Reacciones comunitarias en X (complementarias)

La difusión del caso por [[organizations/cnnchile]] en X acumuló 76 respuestas, 504 likes, 158 reposts y 52.590 reproducciones, con una discusión de signo transversal entre quienes leen la absolución como un caso de impunidad para el poder político y quienes defienden el castigo por el uso de la fuerza [[sources/x-2026-09-09-cnnchile-galletas-carioca-reacciones]].

- **El reproche de impunidad hacia el poder político**: "Lo dicho, robo es robo, ahora robar dos paquetes de galletas Fruna te lleva a la cárcel, pero robarse las arcas fiscales a través de fundaciones, no" (@MIntolerante); "Los políticos roban todos los días y ninguno se va preso" (@NicoVBravo); "tonto. la mano es hacerse politico y robar millones, esos no pisan la carcel" (@Colin516069); "Una burla pra todo lo que robaron los amigos de las Fundaciones y La Municipalidades" (@K1dCarloMagno); "Si hubiera diseñado colusiones para cagarse a los chilenos, sería Ministro" (@oriellmal).

- **La impunidad de las empresas y del gran capital**: "Si hubiese sido SQM, PENTA, CODELCO, RIPLEY, hubiese salido libre al tiro, incluso si atropella a alguien provocando la muerte..." (@DFledermau41606).

- **Las voces que defienden la proporcionalidad y el castigo a la intimidación**: "Si ese delincuente estuvo preso por asalto, lo que se sanciona es el uso de la fuerza como agravante, independientemente de que se haya robado un paquete de galletas, una negrita o un super 8" (@Chuncho_Rex); "con 5 días hubiese bastado. El robo es robo por muy pequeño éste sea. Si castigamos en proporción desde el mínimo, se va dando el ejemplo y no se contribuye con la impunidad ni con la escuela delictual" (@AleLaUnion); "o sea, llega alguien con un rifle...es para intimidar.. que su robo sean dos galletas, no quita que amenazo con un rifle que era de 'aire comprimido'" (@CAROLAKAST); "Robar es robar!" (@AlexUnChilo).

- **El matiz sobre la responsabilidad**: "Si se hubiera coludido habría salido libre y con clases de ética cuando mucho" (@25CrAstudillo).

- **La crítica a otros casos como ejemplo de la misma descoordinación**: "Me acuerdo que un tipo estuvo preso por 500 pesos y otro por robar una gallina y hay otros que están libres robando mil y una veces. Todo mal en la justicia" (@patriciap4f); "Yo supe la historia de un ladrón que estuvo 12 años preso por robar un celular. Está bien, es un ladrón. Pero hay otros criminales que le dan menos condena o quedan libres. Sobre todo si tienen apellido de clase alta" (@yohablonoma).

Las reacciones documentan un debate transversal orientado a cuestionar la igualdad ante la justicia, junto a una corriente que sostiene que lo que debe agravar el delito es el uso de la fuerza y no el monto de lo sustraído.

