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titulo: "Corte Suprema anula el Decreto N° 24 del Minsal: cae la advertencia 'evita su consumo' en publicidad de alimentos con sellos"
fecha: 2026-08-13T12:00:00Z
tipo: fallo_judicial
tema: salud_publica, justicia, economia
etiquetas: corte_suprema, minsal, decreto_24, ley_de_etiquetado, ley_20.606, ley_19.880, ximena_aguilera, tercera_sala, ideal, carozzi, nestle, unilever, tres_montes, ab_chile, jorge_welch, alimentos_con_sellos, guias_alimentarias_2022, omar_astudillo, jean_pierre_matus
impacto:
  colectivos: consumidores, empresas
  sectores: salud_publica, industria, comercio, justicia
relaciones: {}
creado: 2026-08-16
actualizado: 2026-08-16
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La Corte Suprema anuló, en dos fallos divididos de la Tercera Sala, el Decreto N° 24 del [[organizations/ministerio_salud]] —dictado el 10 de octubre de 2024— que obligaba a la industria alimentaria a exhibir la advertencia "Alimento con sello 'alto en', evita su consumo" en la publicidad de productos con sellos por exceso de calorías, sodio o azúcares. El máximo tribunal concluyó que el acto administrativo carecía de la fundamentación exigida por la Ley N°19.880 y vulneraba garantías constitucionales básicas [[sources/latercera-2026-08-13-corte-suprema-sellos-minsal]] [[sources/eldinamo-2026-08-13-corte-suprema-sellos-minsal]] [[sources/adnradio-2026-08-16-corte-suprema-sellos-alimentos]].

## El conflicto: reemplazar el mensaje de 2016

La normativa fue impulsada durante el gobierno de Gabriel Boric, particularmente por la cartera que dirigió la exministra [[people/ximena_aguilera]]. El decreto buscaba sustituir el histórico mensaje "Prefiere alimentos con menos sellos de advertencia" por "Alimento con sello 'alto en', evita su consumo", argumentando la necesidad de alinear la publicidad con las Guías Alimentarias para Chile actualizadas en 2022 y responder al aumento de enfermedades no transmisibles como la obesidad y la diabetes [[sources/latercera-2026-08-13-corte-suprema-sellos-minsal]] [[sources/adnradio-2026-08-16-corte-suprema-sellos-alimentos]].

Las grandes empresas de alimentos acudieron a la justicia tras acusar una falta de justificación técnica: el gremio argumentó que existía una contradicción al llamar a evitar el consumo de productos cuya elaboración y venta está plenamente autorizada, y cuestionaron que se ignoraran alternativas más propositivas orientadas a la moderación [[sources/adnradio-2026-08-16-corte-suprema-sellos-alimentos]].

## Los fallos de la Tercera Sala

Las sentencias revocan las resoluciones previas de la Corte de Apelaciones de Santiago de octubre de 2025 y resuelven un recurso de protección y un amparo económico interpuestos específicamente por la empresa Ideal, filial de la mexicana Bimbo. Carozzi, Unilever, Nestlé y Tres Montes también acudieron a tribunales para revocar el decreto [[sources/latercera-2026-08-13-corte-suprema-sellos-minsal]] [[sources/eldinamo-2026-08-13-corte-suprema-sellos-minsal]].

El fallo detalla que, si bien la cartera realizó una consulta pública para analizar la modificación, el elemento central adoptado provino de una sugerencia del "Grupo Transdisciplinario para la Obesidad de Poblaciones" (GTOP), omitiendo explicar las razones para descartar otras propuestas que fomentaban el consumo moderado sin llegar a una prohibición. Entre las alternativas no consideradas figuraban "Come sano, sin sellos es mejor" —impulsada por Elige Vivir Sano— y "Revisa la etiqueta, infórmate, consume con moderación", sugerida por el Departamento de Ciencia de los Alimentos y Tecnología Química de la Universidad de Chile [[sources/latercera-2026-08-13-corte-suprema-sellos-minsal]].

"Al carecer la actuación censurada de fundamentos que permitan entender y que entreguen soporte a la decisión adoptada por la autoridad recurrida, forzoso es concluir que la inclusión del nuevo mensaje publicitario, en los términos anotados, es ilegal y arbitraria, puesto que al obrar de ese modo la cartera ministerial recurrida dejó de cumplir las exigencias previstas en los artículos 3 y 11 de la Ley N°19.880", consignó el fallo, redactado por el ministro [[people/omar_astudillo]] [[sources/latercera-2026-08-13-corte-suprema-sellos-minsal]].

## Las garantías vulneradas

En el caso del recurso de protección, el tribunal estableció que la actuación del [[organizations/ministerio_salud]] vulneró el derecho a la igualdad ante la ley (artículo 19 N°2 de la Constitución), al imponer a los recurrentes exigencias "carentes de justificación y razonabilidad". Al resolver el amparo económico de Ideal, la Corte determinó que la cartera afectó el derecho a desarrollar una actividad económica (artículo 19 N°21), pues las nuevas exigencias implicaban "una alteración relevante de las condiciones bajo las cuales ha estado llevando a cabo sus operaciones" [[sources/latercera-2026-08-13-corte-suprema-sellos-minsal]].

Ambas sentencias se acordaron con los votos en contra del ministro [[people/jean_pierre_matus]] y del abogado integrante Carlos Urquieta, quienes estuvieron por confirmar los fallos de la Corte de Apelaciones. La decisión de mayoría contó con una prevención clave del abogado integrante Álvaro Vidal, quien argumentó que la ilegalidad del acto radica en que el nuevo mensaje "transforma una medida informativa para el consumo responsable en una medida prohibitiva para el consumidor" [[sources/latercera-2026-08-13-corte-suprema-sellos-minsal]].

## La reacción del gremio

Desde el gremio de Alimentos y Bebidas de Chile (AB Chile), su presidente [[people/jorge_welch]] señaló que apoyaron a las compañías que presentaron los recursos de amparo económico y de protección ante los tribunales en 2024, y que el fallo de la Corte Suprema "ha venido a ratificar lo que como industria hemos sostenido desde el principio: que el propósito de la Ley 20.606 es fomentar hábitos de consumo saludables y que las personas puedan elegir de manera informada". Diversos actores del sector hicieron un llamado a sentarse a conversar para revisar de forma conjunta las estrategias de alimentación segura en Chile [[sources/latercera-2026-08-13-corte-suprema-sellos-minsal]] [[sources/adnradio-2026-08-16-corte-suprema-sellos-alimentos]].
