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titulo: "Corte Suprema anula la primera revocación de la CMF a Sartor AGF por vulnerar el debido proceso, pero deja a firme el procedimiento sancionatorio posterior"
fecha: 2026-08-10T20:03:00Z
tipo: fallo_judicial
tema: corrupcion, justicia, economia
etiquetas: caso_sartor, sartor_agf, cmf, corte_suprema, tercera_sala, debido_proceso, revocacion, liquidacion, procedimiento_sancionatorio, multa_367500_uf, toesca_agf, formalizacion, juan_pablo_araya, cristobal_osorio, susana_borzutzky
impacto:
  colectivos: inversores, consumidores, trabajadores
  sectores: finanzas_publicas, justicia, economia
relaciones:
  amplia: 20260730-27
creado: 2026-08-17
actualizado: 2026-08-17
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La Tercera Sala de la [[organizations/corte_suprema]] acogió por unanimidad, en un fallo dictado el 10 de agosto de 2026, las reclamaciones presentadas por [[organizations/sartor_agf]] y su matriz Asesorías e Inversiones Sartor S.A. contra la [[organizations/cmf]], dejando sin efecto la Resolución Exenta N°12.118 del 20 de diciembre de 2024 mediante la cual el regulador revocó la autorización de existencia de la administradora y designó un liquidador [[sources/biobiochile-2026-08-10-suprema-revocacion-cmf-sartor]] [[sources/elmostrador-2026-08-11-suprema-anula-revocacion-cmf-sartor]].

## El fundamento: sanción sin procedimiento sancionatorio

La Suprema revirtió la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago de noviembre de 2025 y concluyó que la CMF "incurrió en ilegalidad" al aplicar una medida que, por su naturaleza, constituía una **sanción** —fundada en infracciones graves y una administración "manifiestamente negligente" de los fondos— sin haber tramitado previamente un procedimiento sancionatorio formal con formulación de cargos, descargos, prueba y derecho a defensa. "La CMF recabó antecedentes en el marco de sus facultades fiscalizadoras y, con base en ellos, adoptó directamente la decisión de revocar la autorización de existencia de la administradora", se lee en la sentencia, que calificó la revocación como "un castigo que solo puede imponerse como el resultado de un procedimiento sancionatorio propiamente tal" [[sources/biobiochile-2026-08-10-suprema-revocacion-cmf-sartor]]. El fallo fue suscrito por los ministros [[people/jean_pierre_matus]], [[people/omar_astudillo]] y Gonzalo Ruz, con los abogados integrantes Raúl Fuentes y Carlos Urquieta [[sources/elmostrador-2026-08-11-suprema-anula-revocacion-cmf-sartor]].

## Los alcances: no afecta el segundo procedimiento

La sentencia estableció expresamente que su decisión se adopta "sin perjuicio de las actuaciones y procedimientos posteriores instruidos por la CMF en la causa sancionatoria correspondiente": tras la primera revocación, la CMF abrió en abril de 2025 un procedimiento sancionatorio formal que culminó en noviembre de 2025 con la Resolución Exenta N°11.869, que volvió a revocar la autorización de existencia de Sartor AGF y aplicó multas e inhabilidades a exdirectores y al exgerente general por un total de 367.500 UF [[sources/biobiochile-2026-08-10-suprema-revocacion-cmf-sartor]] [[sources/elmostrador-2026-08-11-suprema-anula-revocacion-cmf-sartor]]. El propio máximo tribunal usó la existencia de ese segundo procedimiento para reforzar su razonamiento: confirma que la decisión original de 2024 era una sanción impuesta sin garantías [[sources/biobiochile-2026-08-10-suprema-revocacion-cmf-sartor]].

## Dos fallos paralelos que respaldaron a la CMF

El mismo lunes 10 de agosto, la Tercera Sala dictó otros dos fallos vinculados al caso que confirmaron actuaciones del regulador [[sources/theclinic-2026-08-11-suprema-respalda-cmf-sartor]]:

- **Suspensión de aportes (15-nov-2024)**: confirmó con costas la sentencia de la Corte de Apelaciones que ratificó la decisión de la CMF de decretar la suspensión total de los aportes a los fondos de Sartor AGF [[sources/latercera-2026-08-11-suprema-cmf-sartor-division]] [[sources/theclinic-2026-08-11-suprema-respalda-cmf-sartor]].
- **Entrega de documentación (16-dic-2024)**: confirmó el rechazo al reclamo de ilegalidad de Sartor contra el oficio que ordenaba la entrega inmediata de documentación contable e informática, señalando que la normativa "permite a la CMF solicitar la entrega de cualquier documento, libro o antecedente que sea necesario para los fines de fiscalización" [[sources/latercera-2026-08-11-suprema-cmf-sartor-division]] [[sources/theclinic-2026-08-11-suprema-respalda-cmf-sartor]].

## La división entre defensores y querellantes

El fallo se conoció en plena formalización de los 11 imputados del caso Sartor (evento [[events/20260730-27]]), en su novena jornada, y generó lecturas opuestas:

- **Los abogados de Sartor**: [[people/cristobal_osorio]] (socio de [[people/cristobal_osorio]] Vargas & Abogados) y Antonio Rubilar (socio de AZ) afirmaron que "este fallo unánime de la Corte Suprema confirma que la CMF actuó de forma injusta e ilegal, apartándose de los estándares mínimos del debido proceso" y que la intervención del regulador "provocó graves efectos en los fondos, causando enormes pérdidas a miles de aportantes" [[sources/biobiochile-2026-08-10-suprema-revocacion-cmf-sartor]].
- **Defensores de imputados**: Jorge Cabrera, defensor de Rodrigo Bustamante, destacó el fallo en la audiencia; [[people/jaime_winter]], defensor de [[people/pedro_pablo_larrain_sartor]], sostuvo en el DF que "la intervención de la CMF fue la peor decisión que se pudo haber tomado" y que "los fundamentos mismos de la imputación del Ministerio Público están debilitados"; Rodrigo Piergentili, defensor de Juan Carlos Jorquera, dijo que la resolución "afecta directamente a todos los delitos del capítulo I de la formalización" y pone en cuestión el monto de los perjuicios considerados por la Fiscalía [[sources/latercera-2026-08-11-suprema-cmf-sartor-division]]. En cambio, Alejandro Espinoza, defensor de Óscar Ebel —que se autodenunció y colaboró con la Fiscalía—, señaló que el fallo "no conlleva la necesaria invalidación de las diferentes resoluciones de la CMF posteriores" [[sources/latercera-2026-08-11-suprema-cmf-sartor-division]].
- **Querellantes**: Juan Domingo Acosta (Credicorp) afirmó que el fallo "no produce ningún efecto respecto de la responsabilidad penal de los imputados", porque solo dejó sin efecto una resolución de 2024 y los hechos que persigue Credicorp (administración desleal reiterada) "no dependen de si se mantiene o no la autorización de existencia de Sartor AGF". [[people/susana_borzutzky]] recalcó que la Suprema cuestionó el procedimiento, no las irregularidades investigadas ni las responsabilidades penales. [[people/andres_balart]], por los aportantes de ECapital, fue tajante: "este fallo no limpia ni exculpa a Sartor". Y [[people/cesar_ramos]], por aportantes de Sartor AGF, señaló que la decisión "tiene únicamente el efecto que explícitamente la misma resolución señala. Ni más ni menos", y que "los graves imputaciones delictivas... son consecuencia de sus conductas ilícitas... No son consecuencia de ninguna decisión de la CMF" [[sources/latercera-2026-08-11-suprema-cmf-sartor-division]] [[sources/elmostrador-2026-08-11-suprema-anula-revocacion-cmf-sartor]].
