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titulo: "Corte de Apelaciones de La Serena declara ilegal el doble cobro del CAE ejecutado por la TGR (precedente para frenar embargos administrativos)"
fecha: 2026-08-07T12:00:00Z
tipo: fallo_judicial
tema: educacion, finanzas_publicas, justicia
etiquetas: cae, tesoreria, doble_cobro, cobranza_administrativa, recurso_de_proteccion, corte_la_serena, precedente, embargos, deuda_educacional
impacto:
  colectivos: deudores, estudiantes
  sectores: educacion_superior, tributario, justicia
relaciones:
  amplia: 20260615-1
creado: 2026-08-07
actualizado: 2026-09-13
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La Corte de Apelaciones de La Serena acogió por unanimidad un recurso de protección y declaró ilegal el doble cobro del Crédito con Aval del Estado (CAE) ejecutado por la [[organizations/tesoreria_general]]: el tribunal ordenó paralizar de inmediato el procedimiento administrativo de cobro contra un deudor a quien el organismo le exigía el pago por dos vías paralelas —un juicio civil previo y una cobranza ejecutiva administrativa—, calificando la duplicación como un acto arbitrario e ilegal que vulnera las garantías constitucionales del afectado [[sources/adnradio-2026-08-07-fallo-cae-doble-cobro-tgr]] [[sources/theclinic-2026-08-07-abogada-cae-precedente]].

El recurso fue presentado por las abogadas [[people/daniela_riquelme]] y [[people/florencia_pinto]] en representación de un usuario deudor. [[people/daniela_riquelme]] explicó el alcance del fallo: "Tesorería no te puede cobrar una deuda simultáneamente a través de la vía civil y de la vía administrativa", instalando la argumentación de la doble vía como precedente. Mientras el juicio civil otorga mayores garantías y excepciones de defensa, la cobranza administrativa permite a la TGR emitir oficios a bancos para congelar saldos y retener fondos de manera inmediata, con un margen de defensa acotado [[sources/adnradio-2026-08-07-fallo-cae-doble-cobro-tgr]] [[sources/theclinic-2026-08-07-abogada-cae-precedente]].

## Dos fallos en la misma línea jurisprudencial

El abogado [[people/alex_gonzalo_troncoso_araya]], que obtuvo dos resoluciones favorables en causas propias, explicó que el conflicto no es la existencia de la deuda sino la vía usada para cobrarla: la TGR se ampara en el artículo 35 del Decreto Ley N° 1.263 (1975) para aplicar el procedimiento ejecutivo del Código Tributario, pero la Ley N° 20.027 que regula el CAE establece en su artículo 18 bis que estas deudas deben cobrarse conforme a las reglas de los procedimientos civiles ordinarios [[sources/eldesconcierto-2026-08-07-dos-fallos-tgr-cae]].

La Primera Sala de la Corte de La Serena —en el fallo obtenido por [[people/alex_gonzalo_troncoso_araya]], el más extenso en fundamentos hasta ahora— concluyó que el procedimiento tributario fue creado para perseguir a los evasores de impuestos y que aplicarlo a los deudores del CAE "es un contrasentido gigante": la ley especial contempla herramientas propias como la retención de devoluciones de impuestos, convenios de pago o la cesión de créditos, y el procedimiento tributario restringe la defensa a solo tres excepciones frente a las más de 17 de un juicio ejecutivo civil, además de vulnerar la igualdad ante la ley y el debido proceso al actuar la TGR como acreedora y juez al mismo tiempo [[sources/eldesconcierto-2026-08-07-dos-fallos-tgr-cae]]. En la misma línea, otro fallo de la Corte de La Serena (Rol N° 825-2026, del 28 de julio) también dejó sin efecto un procedimiento de ejecución y embargo de la Tesorería por una deuda CAE, al concluir que la Ley N° 20.027 regula especialmente la cobranza de estos créditos y que el mandamiento excedió las atribuciones del organismo [[sources/diarioconstitucional-2026-07-28-corte-frena-cobro-cae]].

Pocos días después, la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso llegó a una conclusión similar al acoger otro recurso de protección de [[people/alex_gonzalo_troncoso_araya]]: dejó sin efecto el requerimiento de pago, la orden de embargo y todas las actuaciones posteriores de la Tesorería, ordenando que cualquier futura cobranza se ajuste a los artículos 16, 17 y 18 bis de la Ley N° 20.027, y descartó el argumento de la TGR sobre la improcedencia de la acción de protección [[sources/eldesconcierto-2026-08-07-dos-fallos-tgr-cae]].

## Alcance y pendientes

El fallo de La Serena abre la puerta para que otros tribunales frenen los embargos administrativos en casos donde ya existan juicios civiles en curso, pero [[people/alex_gonzalo_troncoso_araya]] advierte que no existen "soluciones mágicas": cada caso debe revisarse por separado y los fallos no extinguen las obligaciones, solo dejan sin efecto los procedimientos cuestionados. La TGR apeló la sentencia de La Serena, por lo que la Corte Suprema deberá definir si el organismo puede seguir usando el procedimiento ejecutivo tributario para cobrar deudas del CAE [[sources/eldesconcierto-2026-08-07-dos-fallos-tgr-cae]] [[sources/adnradio-2026-08-07-fallo-cae-doble-cobro-tgr]].

El fallo se produce en el marco de la escalada de cobranza iniciada por la TGR en abril de 2026 (ver evento [[events/20260615-1]]), que incluye embargos de cuentas bancarias y retenciones en billeteras virtuales sobre una cartera con 1,28 millones de solicitantes históricos y altos niveles de mora.

## El contexto: boom de consultas a la IA por cobros del CAE

En junio, [[organizations/adn_radio]] había reportado que las consultas sobre el CAE en herramientas de IA se dispararon un 287% en un mes, según un análisis de la firma [[organizations/searchbrand_ai]] sobre más de 15 mil consultas en ChatGPT, Gemini, Perplexity y Claude [[sources/adnradio-2026-06-20-consultas-ia-cae-287]]. El 71% de las búsquedas se concentra en los efectos de la deuda y su monto total: un 44% pregunta cómo saber cuánto debe, un 27% consulta por embargos y cobranzas judiciales, un 16% indaga fórmulas de renegociación, un 9% por beneficios estatales y solo un 4% por aspectos jurídicos; el 63% de las preguntas refleja angustia o incertidumbre [[sources/adnradio-2026-06-20-consultas-ia-cae-287]].
